Un grupo de destacados abogados y profesionales envió una carta al secretario general de la Organización de Estados Americanos (OEA), Luis Almagro, en el que expresan su preocupación por la “grave vulneración a los derechos democráticos del pueblo panameño”, que representaría un fallo en contra de la candidatura de José Raúl Mulino.
Para este grupo, conformado por Eloy Alfaro, exembajador de Panamá en Estados Unidos; Enrique De Obarrio, representante de Panamá ante la OEA de 1990 a 1993; Miguel Antonio Bernal, constitucionalista y activista político; Carlos Guevara Mann, politólogo; José María Castillo, abogado; y José Miguel Alemán, excanciller, la Constitución Política es clara sobre que entidad tiene la facultad de interpretar la materia electoral.
Afirman que el artículo 143 de la Carta Magna es claro al disponer que será el Tribunal Electoral el que reglamentará, interpretará y aplicará la ley electoral y, por consiguiente, conocerá las controversias que origine su aplicación.
A pesar de eso, la Corte Suprema admitió una demanda de inconstitucionalidad contra la decisión del Tribunal Electoral de designar a Mulino como candidato presidencial, luego de la inhabilitación de Ricardo Martinelli, lo que a juicio de estos expertos destacados, “abre las puertas a la judicialización de las elecciones”.
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Esto plantea “una grave amenaza al ejercicio del derecho del pueblo panameño a la democracia”, reconocieron estos profesionales, quienes expresaron que sus comentarios son ajenos a sus preferencias electorales.
De igual forma, lo consideran “inconveniente y peligroso”, pues pudiese acabar con una candidatura que goza de importante respaldo, como lo reflejan las encuestas realizadas por diferentes agencias acerca de la preferencia ciudadana con relación a las elecciones presidenciales del 5 de mayo.
Estos ciudadanos opinan que si se llega a inhabilitar la candidatura de Mulino se estarían violentando tres artículos de la Carta Democrática Interamericana, relacionados con la promoción de la democracia, derecho a la democracia representativa, mediante la celebración de elecciones periódicas y que estos procesos sean libres y justos.
Solicitan al secretario general de la OEA que esté alerta ante el escenario descrito por las “amenazas que se ciernen sobre el horizonte electoral panameño”.
En tal sentido, el organismo regional podría invocar lo dispuesto en el artículo 18 de la Carta Democrática, que indica que cuando en un Estado miembro se produzcan situaciones que pudieran afectar el desarrollo del proceso político institucional democrático, el Consejo Permanente de la OEA podrá adoptar decisiones dirigidas a la preservación de la institucionalidad democrática.